Divorcios de mutuo acuerdo judiciales y notariales

Transcurridos 3 meses del matrimonio y sin necesidad de alegar causa alguna se puede solicitar un divorcio de mutuo acuerdo entre los cónyuges acompañando a la demanda un convenio regulador en el que se fijen el ejercicio de la patria potestad por ambos progenitores, la guarda, custodia y pensión de alimentos para los hijos si los hay, régimen de visitas con los mismos, atribución del domicilio familiar y en su caso pensión compensatoria para el cónyuge más desfavorecido por la ruptura.

Les asesoramos en la redacción del Convenio regulador dada nuestra experiencia en Dº de familia y ser mediadores civiles. El Convenio tendrá que ser ratificado judicialmente.

Para los casos de matrimonios sin hijos o que estos sean mayores de edad e independientes económicamente o menores emancipados, el divorcio puede realizarse Notarialmente y les asesoramos igualmente en la redacción del Convenio regulador y en la asistencia de abogado común para ambos ante el Notario que acuerden para su firma ante el mismo.

Divorcios contenciosos

En el caso de que no sea posible un mutuo acuerdo por discrepancias entre los cónyuges y siempre que hayan transcurrido tres meses del matrimonio puede iniciarse por esta vía, que será más larga y costosa al tener que contratar profesionales diferentes cada una de las partes. En todo caso siempre se podrá reconvertir a mutuo acuerdo si ambos con el asesoramiento jurídico adecuado consiguen reconducirlo.

La demanda judicial inicial se presentara como criterio habitual en el Juzgado que corresponda al último domicilio familiar en el que figure empadronado el matrimonio o el de residencia del demandado.

Una vez se notifique la demanda al demandado este tendrá la posibilidad de contestarla en un plazo de 20 días hábiles, con intervención del Ministerio Fiscal en los casos de existencia de hijos menores o incapacitados.

Finalmente se fijara una fecha para la vista donde habitualmente se vuelve a intentar llegar a un acuerdo y si finalmente este tampoco se produce, será el Juez el que dicte una sentencia de divorcio y las medidas que regulen las relaciones paterno filiales y entre partes.

Patria Potestad. Discrepancias en su ejercicio. Jurisdicción voluntaria

¿Qué ocurre en los casos en los que entre los progenitores una vez divorciados surgen discrepancias respecto a cuestiones que afectan a los hijos, tales como vacaciones, salidas del territorio nacional, cambios de colegio o instituto, actividades extraescolares….?

La vía adecuada es a través de los procedimientos de jurisdicción voluntaria en los que es más que recomendable el asesoramiento profesional en el que tenemos una amplia experiencia.

Parejas de Hecho. Régimen de visitas. Guarda, custodia y alimentos

En estos casos el tratamiento legal es el mismo que en caso de matrimonio por lo que será el mismo procedimiento.

Régimen visitas abuelos

Es un derecho que tienen los abuelos con los nietos para los casos en los que los padres impiden las relaciones entre abuelos y nietos.

Pensión alimenticia hijos. Pensión compensatoria cónyuge

En caso de desacuerdo entre los progenitores, la pensión de alimentos se fija en la sentencia de divorcio o de guarda, custodia y alimentos. Lo mismo ocurre con la pensión compensatoria cuando el cónyuge que resulta desfavorecido con el divorcio, lo solicita al Juzgado en su demanda o contestación a la demanda.

Liquidación sociedad de gananciales. División judicial de patrimonios

Consta de dos fases:

  1. Inventario.- Se reseñan todos los bienes (activo) y deudas (pasivo) del matrimonio en bienes gananciales.
  2. Liquidación.- Se reparte entre ambos lo que se ha aprobado en el Inventario.

Lo aconsejable es llevarlo a cabo de mutuo acuerdo, pues si finalmente hay discrepancias entre las partes y se somete a la decisión del Juez habrá que acudir a la división judicial de patrimonios que repartirá los bienes y deudas mediante sentencia judicial.

Modificación de medidas por cambio de circunstancias

Si después de la sentencia de guarda, custodia y alimentos o divorcio hay un cambio significativo en las circunstancias económicas o personales entre padres, madres o hijos se puede acudir a solicitar una modificación de medidas posterior a la sentencia . Los tramites de este procedimiento son similares a los procedimientos de divorcio o guarda y custodia y alimentos.

Podemos ayudarte. Somos abogados especialistas en derecho de familia.